El testamento que contiene alguna bid`ah no debe ser ejecutado
Pregunta: Algunas personas pusieron en el testamento que cuando fallecieran pagaría yo los gastos de ciertos actos como sacrificar animales, dar alimentos en Ramadán, leer diariamente y para siempre un guz’ (una de las 30 partes del Corán). (
Número del tomo 16;
Página 334) En nuestros días no es nada fácil encontrar a una persona que pueda leer diariamente y para siempre un guz’ del Corán, debido a la afluencia de los medios de vida y la preocupación de la gente por los asuntos mundanos. ¿Está permitido pagar el dinero dedicado para la lectura del Corán en otro acto de bien que sea más útil para la gente?
Respuesta: Recibimos antes una pregunta similar en la vida de su Eminencia el shayj Muhammad ibn Ibrahim, que Allah se apiade de él. A continuación exponemos la respuesta del shayj porque creemos que es suficiente:La condición mencionada en el testamento es inválida porque es una bid‘ah (innovación en la religión). El Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
Cada condición que no sea acorde al Libro de Allah es nula, incluso si son cien condiciones
Dice en otro hadith:
Quien innove algo en nuestra religión que no sea de ella, será rechazado
Y dijo asimismo:
Quien innove algo en nuestra religión que no sea de ella, le será rechazado
Como es una condición inválida, el dinero asignado al acto innovado, incluido dentro del tercio de las propiedades del donante, recibe el mismo veredicto de un habiz interrumpido, es decir, lo cobran los familiares más cercanos del donante.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!